El sistema penitenciario

Diego Varela de León

Los cuatro eslabones de la seguridad pública son la prevención, procuración de justicia, administración de justicia y reinserción social, y es en este último eslabón hacemos un abordaje sucinto, amén de brindar a ustedes estimados lectores un breve repaso histórico de los conceptos que se han asentado en nuestra carta magna en distintas épocas de nuestra historia en el tema carcelario de nuestro país, conceptos como regeneración, readaptación y reinserción, los cuales han estado presentes en los últimos ciento nueve años en la terminología cotidiana sobre todo en los ámbitos jurídico y de la seguridad pública.

En la historia carcelaria de nuestro país han existido diferentes finalidades en las instituciones penitenciarias que en un principio se pensaron desde una concepción moral concibiendo al delincuente como un degenerado y una persona moralmente mala al que era necesario regenerarlo y su finalidad era corregir al delincuente a través del tratamiento progresista y sobre la base del trabajo, transitando en 1964 por comprenderlo como un objeto de derecho a quienes habría que readaptar a la sociedad, para finalmente y lo que esta de moda desde hace 18 años es procurar reinsertarlo a la sociedad, lo antes asentado (reinserción) como consecuencia de dos reformas a la constitución federal en los años del 2008 y 2011, garantizando los derechos humanos de quienes se encuentran sujetos a un proceso penal dando respuesta a una necesidad social, aunado a la restauración de las parte que intervienen en un conflicto penal a decir víctima, victimario y la propia sociedad.

La prisión viéndola como un mal necesario, y una experiencia amarga pero imprescindible aunque no progresiva con miras a su buen funcionamiento y pensando en su abolición que sería lo deseado en el entendido que como sociedad avanzáramos al compás de los avances tecnológicos y no en el sentido del quiebre social, las prisiones además de sucumbir ante una serie de aspectos nocivos, ha tenido una paulatina transición respecto de sus fines desde que se constitucionalizo en 1917 en el artículo 18 de la constitución que en la idea nació como una regeneración del delincuente, pasando por la readaptación en otra reforma al 18 constitucional en 1964, donde se transitó de una noción esencialmente moral a otra sustancialmente jurídica, la cual tuvo como fin prioritario la privación de la libertad, considerando que el recluso era una persona psicológicamente desviada por lo que debería ser objeto de tratamiento y no como persona de derechos, sobre una base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la readaptación social del delincuente, para finalmente con la última reforma al sistema de justicia penal en el 2008 se circunscribe en la reinserción de la persona privada de la libertad, sobre la base de los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, que sería lo deseado en la idea, pero que en la realidad no lo es, ya que se sigue percibiendo a las cárceles como verdaderas escuelas del crimen y desde donde se siguen perpetrando actos criminales que solo por mencionar la extorción para no enunciar otros.

La reflexión del presente esbozo es en razón de que a través de la historia del sistema penitenciario mexicano, tal pareciera que solo se han cambiado los conceptos desde regeneración donde no se regenero a nadie, luego por readaptación donde no se logró readaptar a nadie y en la actualidad la reinserción donde no se reinserta a nadie, obviamente en cada época salvo muy honrosas excepciones, lo anterior debido a lo que a todas luces pareciera en una auténtica inoperancia de las instituciones penitenciarias, aunado a la falta de profesionalización del personal penitenciario, además del hacinamiento que se vive en los mal llamados centros de reinserción social, igualmente la violencia que se vive al interior, y la cerecita del pastel el factor presupuestal un gasto que se dice no alcanza y tal vez haya razón en eso, pero a la vista de los números el gasto simple y sencillamente es exorbitante arrojando un costo promedio por persona privada de la libertad (PPL) de quinientos diecisiete pesos diarios, y en centros penitenciarios federales privados que desde el sexenio de Felipe Calderón se implementaron como un logro de ese gobierno y una triquiñuela más de García Luna, el cobro promedio por PPL es por demás escandaloso, pues solo por citar una ejemplo haciende a tres mil ochocientos pesos diarios variando el costo de acuerdo a la regio del país, y el tema en el tintero en esencia seria que como sociedad aparejado a las instituciones esta dado en la prevención de las conductas, donde aspiráramos no a tener más personas privadas de la libertad por delinquir y visto como un logro de resultados, sino en la construcción de una sociedad que no contravenga la norma jurídica.


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