La revictimización

Diego Varela de León

“La violencia es el último recurso del incompetente” (Isaac Assimov)

Uno de los grandes temas que ganan la atención pero además son motivo de estudio dentro de la criminología y otras ciencias afines, es el tema de la víctima del delito, su tratamiento y el quehacer diario de la no revictimización, Sin embargo, la construcción de estos elementos es una tarea compleja que requiere superar múltiples desafíos, especialmente aquellos derivados de situaciones de una reproducción constante de violencia en sus distintas manifestaciones, pues a lo largo de la historia, diversas civilizaciones han desarrollado distintas concepciones y que aun en nuestros días siguen permeando e influyendo en la comprensión de estos conceptos que no se terminan por entender y atender.

El tema de la violencia y revictimización contra las mujeres no es de conocimiento nuevo en la existencias de culturas originadas de órdenes sociales de corte patriarcal o machista y políticos de corte neoliberal, dictaduras, oligarquías etc., dado que las mujeres no son objetos de uso y menos de abuso, y no obstante lo anterior los actos violentos no dejan de cesar en su contra, y haciendo un poco de historia la cual nos reza y confirma que la primer gran inquisidora en contra de la mujer fue la Iglesia Católica Romana y la Sagrada Inquisición, y dicho sea de paso no sólo a las mujeres sino a hombres también, pero para el caso que nos ocupa, fue la Iglesia y sus inquisidores quienes juzgaron a las mujeres de brujas, herejes, impuras e indomables seres de oscuridad revocando la espiritualidad y divinidad de las mujeres, tildándolas de demonios, nada más equivocado porque si alguien es dadora de vida es la propia mujer que gracias a ellas nos gestan, dan vida, crían y educan, y tal vez podamos señalar que esas barbaries ya quedaron en el pasado, que el ayer ya se enterró en las catacumbas del olvido y menos que siga sucediendo en estos tiempos de modernidad y de avances tecnológicos donde las conquistas de derechos y consecuentes leyes favorables a favor de las mujeres y en general del ser humano, sin embargo la mujer continua sufriendo de persecuciones e injusticias arrastradas por las conductas atávicas, soterradas e incoherentes de hombres con pensamientos inadecuados al respecto. Todavía en nuestros días algunos retrogradas siguen pensando y viendo a la mujer como un ente que está a su merced y que además daña la mente del hombre y que este debe de cuidarse de ella. Y de lo anterior nace en las sociedades posmodernistas, otro método de persecución conocido como la revictimización de la mujer y este fenómeno fracciona intencionalmente el derecho de defensa de las mujeres ante los foros judiciales del mundo y limita el juicio justo a la victima de agresión sexual, dicho en otras palabras, la víctima se presume culpable de haber sido agredida sexualmente simplemente por ser mujer o por su vestimenta etc., de lo cual todo ese amalgama se traduce en daños neuropsicoemocionales.

De manera sucinta enunciaremos los niveles de victimización que de acuerdo a autores como Ribés que son: victimización primaria, la cual refiere que nace la victima de la causal del delito y este proceso lo padece y lo constituye únicamente la persona directamente perjudicada la cual muchas veces manifiesta su sufrimiento a través de comportamientos o conductas desorganizadas según su daño físico, psicológicos, económico, emocional o neurológico; La Victimización secundaria, la cual pude ser definida como la verdadera revictimización, pues adviene del fenómeno victimal de la “intervención inadecuada del Estado” y este es condicionalmente relacionado al plano constitutivo jurídico ya que se considera la víctima en relación a la ley y cuando medie el resarcimiento de los daños, los mismo deberán ser exigidos porque son derechos; La Victimización terciaria, este nivel es muy peculiar y poco reconocido por el ojo de una persona o sujeto “lego” debido al enlace que se crea por el victimario, la influencia mediática (manejada por los medios masivos de comunicación incluyendo las redes sociales), la opinión pública que manifiesta la necesidad de justicia y la responsabilidad penal del Estado la cual tiene las figuras del aparato jurídico, como jueces, fiscales, procuradores de menores, procuradores de la defensa de la mujer, y policías en sus diferentes niveles, en este proceso sale a la luz del crimen a través de todos los medios de comunicación y mientras esto sucede de asienta en la atmosfera amarillista para levantar opinión pública de la audiencia y lo primero que se revela ante los medios es el nombre y condición sociodemográfica del imputado es decir su margen socio-económico y procedencia familiar; aunque igualmente habrá que asentar que estos niveles no son exactos o absolutos en el proceso del desarrollo de los elementos criminógenos victimológicos. No obstante, la eventualidad cronológica de los mismos coincide en muchas ocasiones con los hechos de la realidad.

Recordando un poco de historia del pasado sobre los sistemas operacionales de las instituciones policiales y de justicia, donde era parte de la cotidianidad que algunos medios de comunicación de esas épocas bombardeaban la esfera social con noticias que degradaban la calidad de representantes de la ley y el orden público, es decir las noticias que impactaban a la población indicaban que los oficiales (policías), jueces y fiscales eran inservibles e insensibles, inservibles como profesionales e insensibles como seres humanos incapaces de contemplar el dolor ajeno y coartar los derechos de una víctima de agresión sexual hasta humillarla durante un juicio, que dicho sea de paso si es que el juicio no tardaba una eternidad lo que resultaba en un círculo viciado y revictimizante. Lo anterior era claramente la perpetración de lo que era la constante del abuso del poder del Estado y una violación severa a los derechos humanos y constitucionales que se supone deberían de cobijar a las víctimas de cualquier delito. Por suerte la sociedad ha evolucionado, sin embargo es muy necesario no bajar la guardia por lo que es menester que tanto la sociedad en su conjunto así como las distintas instituciones orientadas tanto a la atención e intervención, procuración e impartición de justicia en primer término deberán orientarse a la defensa de los derechos humanos y jurídicos de las víctimas atendiendo los protocolos para evitar la revictimización, además de la sensibilidad y humanidad en la atención de las mujeres víctimas de violencia en cualquiera de sus manifestaciones.


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